Esta etapa educativa y profesional forma parte de la enseñanza básica y, por tanto, son de oferta obligatoria y gratuita.
Su finalidad es lograr que los alumnos adquieran un conjunto de conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes que permitan desempeñar un puesto de trabajo; prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.
Comprende dos cursos académicos y se organiza en dos bloques comunes: “Comunicación y ciencias sociales” y “Ciencias aplicadas”. Son módulos profesionales que garantizan, al menos, la formación necesaria para obtener una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, que integran los contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales y contribuirán, además, a que el alumnado adquiera o complete las competencias del aprendizaje permanente.
En esta etapa se presta especial atención a la tutoría personal del alumnado así como a la orientación psicopedagógica y profesional del mismo y fomentando la correcta expresión oral y escrita, el hábito de la lectura y la integración en el currículo de las tecnologías de la información y la comunicación.
La organización de esta etapa y cuantas medidas se adopten en ella están encaminadas a que los alumnos obtengan el título de Profesional Básico, que tiene efectos laborales y académicos y facultará para acceder a Formación Profesional de Grado Medio.
Además, los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título Profesional Básico podrán obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, mediante la superación de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria en las condiciones que marca la Ley.
Destinatarios
- Enseñanzas dirigida a los alumnos que tengan cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso, que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, en régimen diurno y vespertino.
- Las condiciones de acceso a esta formación son:
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- Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Propuesta del equipo docente a los padres, madres o tutores legales a la incorporación del alumno o alumna a estos ciclos formativos.
- Los alumnos y alumnas podrán permanecer cursando un ciclo de Formación Profesional Básica durante un máximo de cuatro años.
- Incorporan un Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) que se desarrolla en las empresas o centros de trabajo en un medio productivo real. Su objetivo es completar la formación adquirida en el centro educativo y se realiza al final de cada uno de los cursos, una vez superados los módulos correspondientes a cada una de las Cualificaciones, con una duración de 160 horas por curso.
- Centros Integrados de Formación Profesional, que combinan las enseñanzas de formación profesional reglada de una sola familia profesional, junto con la formación para el empleo.
Formación Profesional Básica: Mantenimiento de Vehículos
El alumnado que después de terminar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria sin alcanzar los objetivos previstos y, en consecuencia, sin obtener la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria puede entrar a formar parte de la Formación Profesional Básica.
En nuestro centro se puede cursar “Mantenimiento de Vehículos” de la familia Profesional de Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Consta de dos cursos académicos que incluyen un período de prácticas en empresas al final de cada uno de ellos.
La competencia general de este título consiste en realizar operaciones básicas de mantenimiento electromecánico y carrocería de vehículos, desmontando y montando elementos mecánicos, eléctricos y amovibles del vehículo y ejecutando operaciones básicas de preparación de superficies, operando con la calidad indicada, observando las normas de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental correspondientes y, comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.
Programaciones